Seguros náuticos de recreo

Seguro de embarcaciones de recreo: compara el seguro de tu barco

Seguro náutico para barcos a motor, veleros, neumáticas y motos de agua. Una correduría de seguros estudia tu embarcación y compara la oferta de varias aseguradoras.

  • Responsabilidad civil obligatoria (RD 607/1999)
  • Daños propios, robo, asistencia y remolque
  • Presupuesto sin coste ni compromiso
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Solicitud de presupuesto

Tipo de embarcación
¿El velero tiene motor auxiliar?
Modelo
Características de la embarcación
¿Tiene embarcación auxiliar (tender)?
Identificación de la embarcación (opcional)
Uso de la embarcación
Zona de navegación
Puerto base y amarre
Patrón y siniestralidad
Siniestros en los últimos 3 años
¿Remolcas esquiadores, hinchables o similares?
Cobertura que necesitas
Valor asegurado

Desglose del valor (opcional)
Franquicia (importe a tu cargo en cada siniestro)
Datos del tomador
Revisión de la solicitud

¿Por qué asegurar tu embarcación?

Si tu barco tiene motor, la ley te obliga a tener un seguro de responsabilidad civil. Cubre los daños que causes a otras personas o a otros barcos mientras navegas y también cuando estás amarrado.

Ese seguro mínimo no paga nada de tu propia embarcación. El robo del fueraborda, un incendio en el pantalán o un remolque a tres millas de la costa solo los cubren las garantías voluntarias.

CoberturaObligatoriaQué te cubre
Responsabilidad civil obligatoriaSí (motor o > 6 m)Daños a terceros, hasta los límites legales
RC voluntariaNoAmplía los límites de la obligatoria
Daños propiosNoChoque, varada, temporal, hundimiento
Robo e incendioNoRobo del barco, del motor o de equipos
Asistencia y remolqueNoRemolque a puerto por avería en el mar
Accidentes de ocupantesNoLesiones de quienes van a bordo
Defensa jurídicaNoAbogados y reclamaciones tras un siniestro

Cada garantía está explicada en qué cubre un seguro de barco.

Cómo funciona

1

Datos de la embarcación

Tipo, eslora, año de construcción, uso, zona de navegación y coberturas que necesitas.

2

Estudio de la correduría

Una correduría de seguros analiza tu caso y solicita cotización a varias aseguradoras.

3

Propuesta y contratación

Recibes las alternativas por teléfono o email y decides. Solicitar presupuesto no tiene coste.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio el seguro de embarcación en España?

Sí, para la mayoría. El Real Decreto 607/1999 obliga a tener un seguro de responsabilidad civil a todas las embarcaciones de recreo propulsadas a motor (motos de agua incluidas), y a las que no tienen motor pero miden más de 6 metros de eslora.

¿Qué cubre el seguro obligatorio?

Solo los daños que causes a otros: hasta 120.202,42 € por víctima en daños personales (con un máximo de 240.404,84 € por siniestro) y hasta 96.161,94 € en daños materiales. No cubre los daños a tu propia embarcación: para eso hace falta un seguro voluntario más amplio.

¿Tengo que llevar el seguro a bordo?

Sí. El justificante del seguro en vigor debe estar a bordo. Si te lo piden y no lo llevas, tienes cinco días hábiles para acreditar que la póliza estaba vigente.

¿Un velero pequeño necesita seguro?

Un velero sin motor de 6 metros de eslora o menos no está obligado. Si lleva motor, aunque sea un fueraborda pequeño, sí lo está. Aun así, conviene asegurarlo, porque un golpe a otro barco en el puerto puede salir caro.

¿Cuánto cuesta asegurar un barco?

Depende del tipo de embarcación, la eslora, la potencia, el valor, la zona de navegación y las coberturas. Por eso el formulario pide esos datos: con ellos la correduría solicita cotización a varias aseguradoras y te envía un presupuesto real, no una cifra genérica.

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